LA JURAMENTACIÓN PARA LA OBTENCIÓN DE LA CIUDADANÍA ITALIANA




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Una vez que solicitaste la ciudadanía sea por matrimonio o residencia debes esperar que seas notificado para la juramentación (acto que es posterior a tu solicitud formal ante el ministerio y como consecuencia del decreto que te otorga la ciudadanía) en el comune de residencia o en un consulado en el exterior.                       
Para esto mis recomendaciones son:
1.- Tener siempre actualizado el AIRE.       
2.- No haberse separado de hecho ni de derecho durante el proceso de solicitud ni antes de la juramentación.
3.- Ambos cónyuges deben asistir al acto    
4.- Practicar la Juramentación en un lapso de 180 días continuos contados a partir de la fecha de su notificación (pueden cambiar fechas en caso de no poder asistir pero dentro de ese lapso)       
5.- De todo lo demás necesario le dirán en su notificación.  


Después de juramentado, dicha acta será registrada o enviada a Italia para su registro y así podrá en adelante pedir su pasaporte y demás documentos como Italiano. Cualquier duda  
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